sábado, 27 de junio de 2009

Gobiernos regionales y locales destinarán recursos para mejorar viviendas de hogares en pobreza

El presidente Alan García promulga Decreto de Urgencia. Foto: Sepres

Lima.- El presidente Alan García promulgó hoy un Decreto de Urgencia que autoriza a los Gobiernos Regionales y Locales a utilizar hasta el 5% de los recursos provenientes del canon, sobrecanon y regalías mineras para el mejoramiento de viviendas de hogares en situación de pobreza.
La norma es dictada como parte de la implementación de medidas económicas para la reactivación del aparato productivo nacional, con el objetivo de establecer disposiciones que otorguen, de manera temporal, a los gobiernos regionales y locales mayor flexibilidad en el uso de recursos públicos destinados al mantenimiento de infraestructura de alto impacto.
El dispositivo, que será publicado mañana en el Diario Oficial El Peruano, faculta a los gobiernos regionales y locales a reorientar sus recursos destinados a salud y nutrición, hacia la implementación de cocinas mejoradas certificadas, provisión de agua segura y manejo de excretas.
Los hogares beneficiarios serán aquellos en condición de pobreza extrema ubicados en el ámbito de la Sierra, los cuales deberán ser seleccionados sobre la base de la información contenida en el Mapa la Pobreza del Instituto Nacional de Estadística e Informática o de los Padrones de Hogares elaborados por las entidades públicas que operan en la zona.
La aplicación de esta norma que no genera costos para el Estado Peruano, busca contribuir a la reducción de la desnutrición infantil, enfermedades respiratorias y lucha contra la pobreza, y a su vez a alcanzar los objetivos sociales del gobierno y los Objetivos de Desarrollo del Milenio.
El Decreto de Urgencia, cuyo periodo de aplicación es temporal, durante los años fiscales 2009 y 2010 lleva las firmas del Presidente del Consejo de Ministros, Yehude Simon y de los titulares de Economía, Luis Carranza; Vivienda, Construcción y Saneamiento, Francis Allison y de Salud, Oscar Ugarte. (Fuente: Andina)

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