A los profesores el Poder Judicial les impuso tres años de cárcel suspendida y el pago de 10 mil nuevos soles, como reparación civil, que deberán abonar de manera solidaria con el tercero civilmente responsable, el Ministerio de Educación. Foto: Peru.com
Lima.- El juez del 7º Juzgado Penal de la Corte Superior de Lima Norte sentenció a los profesores Albino Gilberto Ávila Najera, Abilio Pedro Fuertes Sedano, Guadalupe Gladis Asúa y Sara Milagros Luciano De La Cruz por el delito de discriminación en agravio de la ciudadana y estudiante Vilma Palma Calle, fallo que, no obstante, fue apelado.
Esta decisión judicial es paradigmática, porque constituye la primera sentencia que se da en el Perú por este delito, desde que se incorporó en el Código Penal.
Lima.- El juez del 7º Juzgado Penal de la Corte Superior de Lima Norte sentenció a los profesores Albino Gilberto Ávila Najera, Abilio Pedro Fuertes Sedano, Guadalupe Gladis Asúa y Sara Milagros Luciano De La Cruz por el delito de discriminación en agravio de la ciudadana y estudiante Vilma Palma Calle, fallo que, no obstante, fue apelado.
Esta decisión judicial es paradigmática, porque constituye la primera sentencia que se da en el Perú por este delito, desde que se incorporó en el Código Penal.
La joven agraviada sufre de una discapacidad motora y dificultades en el habla, lo cual no le impidió culminar sus estudios en Industrias Alimentarias en el Instituto Superior Tecnológico Manuel Arévalo Cáceres.
Sin embargo, el 26 de septiembre del 2006, fue nombrada asistente de prácticas de laboratorio, pero los profesores sentenciados enviaron, al día siguiente, una carta al director del instituto manifestando su desacuerdo con que Vilma Palma ocupase tal puesto.
Argumentaron que su discapacidad no la convertía en la persona ad hoc para el cargo, al punto que decidieron suspender las prácticas hasta que no se nombrara a otro encargado.
A los pocos días ella decidió demandarlos a través de la Defensoría del Pueblo y la Comisión de Derechos Humanos asumió la defensa legal de Vilma Palma.
Sin embargo, el 26 de septiembre del 2006, fue nombrada asistente de prácticas de laboratorio, pero los profesores sentenciados enviaron, al día siguiente, una carta al director del instituto manifestando su desacuerdo con que Vilma Palma ocupase tal puesto.
Argumentaron que su discapacidad no la convertía en la persona ad hoc para el cargo, al punto que decidieron suspender las prácticas hasta que no se nombrara a otro encargado.
A los pocos días ella decidió demandarlos a través de la Defensoría del Pueblo y la Comisión de Derechos Humanos asumió la defensa legal de Vilma Palma.
Luego de tres años, la balanza de la justicia se ha inclinado a su favor, sentando así un precedente desde la incorporación de este delito en el Código Penal.
A los profesores se les impuso tres años de cárcel suspendida y el pago de 10 mil nuevos soles, como reparación civil, que deberán abonar de manera solidaria con el tercero civilmente responsable, el Ministerio de Educación.
"Afortunadamente el proceso se ha desarrollado con normalidad y sin inconvenientes. El hecho que se haya decidido que el Ministerio sea considerado como tercero civilmente responsable, garantiza que se cumpla el pago de la reparación", declaró Gustavo Campos, abogado de Palma a Perú21.pe. (Fuente: Peru.com)
A los profesores se les impuso tres años de cárcel suspendida y el pago de 10 mil nuevos soles, como reparación civil, que deberán abonar de manera solidaria con el tercero civilmente responsable, el Ministerio de Educación.
"Afortunadamente el proceso se ha desarrollado con normalidad y sin inconvenientes. El hecho que se haya decidido que el Ministerio sea considerado como tercero civilmente responsable, garantiza que se cumpla el pago de la reparación", declaró Gustavo Campos, abogado de Palma a Perú21.pe. (Fuente: Peru.com)
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