El arresto ciudadano se aplica en los distritos judiciales mencionados al amparo del nuevo Código Procesal Penal y que, para que sea efectivo, tiene que haber flagrancia, inmediatez temporal, proporcionalidad y racionalidad. Foto: Internet
Lima.- El viceministro de Justicia, Erasmo Reyna, destacó hoy que la puesta en vigencia, a partir del 1 de julio, de la ley que permite el arresto ciudadano en caso de flagrancia contribuirá a garantizar la seguridad de las personas.
La ley, aprobada en la víspera por la Comisión Permanente del Congreso, adelanta la aplicación del Código Procesal Penal y modifica su artículo 259 para que la ciudadanía pueda detener a delincuentes descubiertos en flagrante delito y ponerlos a disposición de la Policía.
La ley, aprobada en la víspera por la Comisión Permanente del Congreso, adelanta la aplicación del Código Procesal Penal y modifica su artículo 259 para que la ciudadanía pueda detener a delincuentes descubiertos en flagrante delito y ponerlos a disposición de la Policía.
“Esta propuesta surgió desde el Ministerio de Justicia y la hemos promovido porque en los lugares donde ya se aplicaba ha funcionado. El año pasado hubo 46 arrestos en Huaura y 546 en La Libertad y sin queja alguna. Por ello, es una importante herramienta que contribuye a la seguridad ciudadana”, dijo en entrevista en Radio San Borja.
Reyna explicó que el arresto ciudadano se aplica en los distritos judiciales mencionados al amparo del nuevo Código Procesal Penal y que, para que sea efectivo, tiene que haber flagrancia, inmediatez temporal, proporcionalidad y racionalidad.
“No se puede maltratar ni torturar al detenido, hay que entregarlo de manera inmediata a la policía, que lo pondrá a disposición del Ministerio Público. El ciudadano debe seguir con su denuncia y no abandonarla como muchas veces sucede”, añadió. (Fuente: Andina)
Reyna explicó que el arresto ciudadano se aplica en los distritos judiciales mencionados al amparo del nuevo Código Procesal Penal y que, para que sea efectivo, tiene que haber flagrancia, inmediatez temporal, proporcionalidad y racionalidad.
“No se puede maltratar ni torturar al detenido, hay que entregarlo de manera inmediata a la policía, que lo pondrá a disposición del Ministerio Público. El ciudadano debe seguir con su denuncia y no abandonarla como muchas veces sucede”, añadió. (Fuente: Andina)
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