miércoles, 4 de marzo de 2009

Perú y China están por culminar revisión legal de textos del TLC y podrían suscribir acuerdo en abril

La Ministra de Comercio Exterior y Turismo, Mercedes Aráoz . Foto: ANDINA / Carolina Urra

La revisión legal de los textos acordados en el Tratado de Libre Comercio (TLC) entre Perú y China, proceso que se inició el mes pasado, casi ha culminado y el acuerdo podría suscribirse en abril, informó la ministra de Comercio Exterior y Turismo, Mercedes Aráoz.
Prácticamente hemos terminado la revisión de los textos, todavía faltan algunos detalles mínimos y también estamos viendo cuándo sería la oportunidad más apropiada para suscribir este importante tratado”, señaló a la agencia Andina.
Cabe indicar que el cierre de las negociaciones del acuerdo comercial se anunció en noviembre del año pasado, durante la Cumbre de Líderes del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico (APEC), que se realizó en Lima.
Aráoz explicó que ambos gobiernos continúan evaluando una fecha para oficializar la firma del TLC, y para ello se está buscando una coincidencia entre su agenda y la del ministro de Comercio Exterior de China, Chen Deming. Manifestó que es muy probable que esta suscripción se concrete el próximo mes de abril, durante la Reunión de Ministros de Comercio Exterior del APEC que se realizará en Singapur, y a donde ambos ministros asistirán.
“Una vez firmado el acuerdo, haremos nuevamente otro análisis legal para enviar el documento al Congreso de la República y dar una correcta información al Parlamento”, subrayó.
Asimismo, indicó que el Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE) se encargará de determinar si una vez suscrito el acuerdo necesita pasar por la ratificación del Congreso.
Cancillería analizará si el TLC con China debe pasar por la ratificación congresal, hará un reporte y determinará si hubo reformas legales con el acuerdo, y si cumple con el artículo 56º o con el 57º de la Constitución”, dijo.
El artículo 56º de la Constitución establece que los TLC deben ser aprobados previamente por el Congreso, mientras que el artículo 57º establece que los acuerdos pueden ser celebrados o ratificados por el presidente de la República sin el requisito de la aprobación previa del Congreso.
Eso lo define el Departamento de Acuerdos Comerciales de la Cancillería que tiene que hacer un informe técnico al respecto”, puntualizó a Andina.
simismo, la ministra declaró que siguiendo estos procedimientos, el TLC entre Perú y China entraría en vigencia a comienzos del 2010, aunque podría ser antes.

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