martes, 12 de mayo de 2009

Pasarán al retiro a policías que reciban coimas o que favorezcan a alguien

La nueva Ley de Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú (PNP), establece, entre otras cosas, que deberán dejar la carrera policial quienes coaccionen, intimiden, presionen o sometan al personal de la PNP a trato hostil para condicionar o recibir favores de índole sexual; y quienes divulguen, entreguen o transmitan información sobre una investigación policial a terceras personas. Foto: Internet

Lima.- Los policías que exijan o reciban 'coimas' para impedir el cumplimiento de la ley serán pasados al retiro, así lo establece la nueva Ley de Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú (PNP), publicada este martes en el diario 'El Peruano'.
La misma sanción pesará contra los efectivos que reciban dinero o dádivas para favorecer a alguien en el proceso de admisión a los centros de formación policial; o para quienes oculten, falsifiquen o alteren los actuados en una investigación, induciendo a error a sus superiores.
También serán sancionados con el paso al retiro quienes reciban, oculten, administren o custodien dinero o bienes que puedan presumirse de procedencia ilícita en beneficio propio o de terceros.
Pero además, deberán dejar la carrera policial quienes coaccionen, intimiden, presionen o sometan al personal de la PNP a trato hostil para condicionar o recibir favores de índole sexual; y quienes divulguen, entreguen o transmitan información sobre una investigación policial a terceras personas.
La misma suerte correrán los miembros de la Policía que organicen, promuevan, participen o inciten a una huelga, paro, marcha u otras acciones de protesta de índole policial, o intervengan en forma directa en actividades políticas o sindicales, o pertenezcan a algún partido político o movimiento.
Asimismo, quienes participen, favorezcan o faciliten actividades relacionadas con el tráfico ilícito de drogas u otros; quienes mantengan relaciones sexuales o realicen actos contra el pudor con el paciente, cadete o alumno que esté bajo su cuidado o responsabilidad, o quienes faciliten la evasión de un inculpado o sentenciado.
Además, pasarán a situación de retiro quienes participen directa o indirectamente en hechos graves contra la vida, la salud, la libertad, el patrimonio a titulo doloso; quienes cometan algún delito tipificado en el Código Penal y quienes sean encontrados en delito flagrante.
En tanto, pasarán a situación de disponibilidad de uno a dos años los agentes que alteren el orden público en estado de ebriedad; quienes mantengan relaciones extramatrimoniales que generen escándalo y menoscaben la imagen institucional de la PNP; quienes mantengan relaciones sexuales con personas de su mismo género, que causen escándalo o menoscaben la imagen institucional, y quienes provoquen accidentes de tránsito en estado de ebriedad o drogadicción.
La misma sanción se contempla para quienes no presten auxilio de emergencia en hechos graves en que sea obligada su actuación; quienes ingresen o faciliten el ingreso de objetos prohibidos a un penal.
En cuanto al personal médico o técnico de la PNP, se fija una sanción de pase a disponibilidad de uno a dos años en caso se exponga al peligro o se abandone al paciente en riesgo en una emergencia.
Este régimen disciplinario establece también otras sanciones para faltas leves o graves como el apercibimiento con tres días o seis días de arresto simple, de dos seis días de arresto de rigor y de 10 a 14 días de rigor.
La norma, que lleva la firma del presidente Alan García, y del titular del Consejo de Ministros, señala que en un plazo máximo de 30 días la Dirección General de la PNP procederá a difundir y capacitar al personal de todo el país sobre el alcance de esta norma. (Fuente: Peru.com)

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