Heladas en Puno
Lima.- El Poder Ejecutivo declaró en estado de emergencia a 130 provincias de 21 departamentos del país afectados por las bajas temperaturas, a fin de ejecutar acciones inmediatas para reducir y minimizar los riesgos existentes a causa del fenómeno meteorológico.
El Decreto Supremo Nº 036-2009-PCM publicado hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano alcanza a los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, Tacna y Ucayali.
El Decreto Supremo Nº 036-2009-PCM publicado hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano alcanza a los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, Tacna y Ucayali.
Asimismo, a tres provincias en Amazonas, 18 en Áncash, siete en Apurímac, seis en Arequipa, 11 en Ayacucho, nueve en Cajamarca, 13 en Cusco, siete en Huancavelica, nueve en Huánuco, ocho en Junín, una en La Libertad, una en Lambayeque, siete en Lima, una en Moquegua, tres en Pasco, una en Piura, 13 en Puno, cuatro en Tacna, una en Loreto, cuatro en Ucayali y tres en Madre de Dios.
La disposición, que regirá hasta el 5 de agosto próximo, está dirigida prioritariamente a la adquisición de antibióticos, medicinas, prendas de abrigo, calzado, frazadas y alimentos, así como al alquiler temporal de locales y albergues para la población en peligro.
A partir de ello el Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci), los gobiernos regionales de las zonas involucradas, los ministerios, Sencico y demás entidades del Estado, dentro de su competencia, están obligadas a realizar las acciones necesarias para la rehabilitación de los servicios e infraestructura públicos necesarios que se requieran para atender a las personas en situación de peligro por la ola de frío.
Las adquisiciones que se realicen en virtud al presente decreto supremo estarán sujetas a la fiscalización posterior a la Contraloría General de la República.
El artículo 3 de la norma indica que en tanto subsista el estado de emergencia en las circunscripciones territoriales señaladas, la Sunat podrá adjudicar directamente al Indeci prendas de vestir, calzado, frazadas y alimentos comisados al amparo del Decreto Legislativo Nº 1053 (Ley General de Aduanas) o que constituyan infracción administrativa al amparo de la Ley Nº 28008 (Ley de los Delitos Aduaneros).
Asimismo las telas destinadas a la confección de prendas de vestir y ropa de cama para abrigar comisadas por la Sunat, podrán ser adjudicadas directamente, además del Indeci, al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (Mimdes).
La disposición lleva la rúbrica de del presidente de la República, Alan García Pérez; del jefe del Gabinete Ministerial, Yehude Simon; de los ministros de Economía y Finanzas, Luis Carranza; de Agricultura, Carlos Leyton; de Educación, José Antonio Chang Esobedo; de la Mujer y Desarrollo Social, Carmen Vildoso; de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Nidia Vilchez; y de Salud, Óscar Ugarte. (Fuente: Andina)
La disposición, que regirá hasta el 5 de agosto próximo, está dirigida prioritariamente a la adquisición de antibióticos, medicinas, prendas de abrigo, calzado, frazadas y alimentos, así como al alquiler temporal de locales y albergues para la población en peligro.
A partir de ello el Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci), los gobiernos regionales de las zonas involucradas, los ministerios, Sencico y demás entidades del Estado, dentro de su competencia, están obligadas a realizar las acciones necesarias para la rehabilitación de los servicios e infraestructura públicos necesarios que se requieran para atender a las personas en situación de peligro por la ola de frío.
Las adquisiciones que se realicen en virtud al presente decreto supremo estarán sujetas a la fiscalización posterior a la Contraloría General de la República.
El artículo 3 de la norma indica que en tanto subsista el estado de emergencia en las circunscripciones territoriales señaladas, la Sunat podrá adjudicar directamente al Indeci prendas de vestir, calzado, frazadas y alimentos comisados al amparo del Decreto Legislativo Nº 1053 (Ley General de Aduanas) o que constituyan infracción administrativa al amparo de la Ley Nº 28008 (Ley de los Delitos Aduaneros).
Asimismo las telas destinadas a la confección de prendas de vestir y ropa de cama para abrigar comisadas por la Sunat, podrán ser adjudicadas directamente, además del Indeci, al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (Mimdes).
La disposición lleva la rúbrica de del presidente de la República, Alan García Pérez; del jefe del Gabinete Ministerial, Yehude Simon; de los ministros de Economía y Finanzas, Luis Carranza; de Agricultura, Carlos Leyton; de Educación, José Antonio Chang Esobedo; de la Mujer y Desarrollo Social, Carmen Vildoso; de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Nidia Vilchez; y de Salud, Óscar Ugarte. (Fuente: Andina)
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